La Dirección General de Tributos aclara que las facturas digitalizadas son facturas electrónicas siempre que cumplan una serie de requisitos.
Según el art. 9 del Reglamento de facturación dice que de forma genérica se entenderá por factura electrónica aquella factura que haya sido expedida y recibida en formato electrónico.
Entonces, las facturas escaneadas, digitalizadas y enviadas al cliente son facturas electrónicas?
Según la consulta vinculante V0666-22 de 28 de marzo de 2022 establece que, una factura expedida y recibida en formato electrónico tendrá la consideración de factura electrónica aunque hubiera sido emitida originalmente en papel y posteriormente digitalizada, no así en el caso de las facturas que habiendo sido emitidas y expedidas en papel, sean recibidas también en papel.
En conclusión, la consideración de factura electrónica de una factura escaneada en formato físico dependerá de si el escaneo o digitalización es realizado por el emisor o por el receptor.